Artículo 1063 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Debe ejecutar las sentencias el juez de instrucción remate a la hora y en el sitio que en los mismos se señalen y se que haya conocido del procedimiento en la fase escrita. ajustará en lo conducente a lo dispuesto en el capítulo respectivo del Código de Procedimientos Civiles del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.