Artículo 1095 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para que proceda la apelación contra autos o interlocutorias que no sean de las determinadas en el artículo 1092, Artículo 1101. Si se declara inadmisible la apelación, se devolverán se requiere disposición expresa de este Código. al juzgado del conocimiento, los autos originales y el medio óptico respectivo.
En estos casos, de admitirse en ambos efectos, se remitirán los autos originales a la superioridad y de ser necesario el medio óptico; TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO y cuando lo fuese en el devolutivo, se enviará a la alzada testimonio INCIDENTES integrado con las constancias señaladas por el juez y las partes dentro del término de tres días. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.