Código Familiar estatal

Artículo 1110 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si en la audiencia de juicio no pudiere concluirse Cuando se promueva en la audiencia preliminar o en la de juicio, se una cuestión incidental, el juez continuará con el desarrollo de la sustanciará y decidirá en la misma.

audiencia, sin que pueda dictar sentencia definitiva, hasta en tanto no se resuelva el incidente en los términos del artículo anterior. Artículo 1116. Cuando los juicios se encuentren en diferentes juzgados, la acumulación se promoverá ante el que se tramita el segundo juicio.

CAPÍTULO II Debiéndose comunicar la acumulación solicitada al que conoce del ACUMULACIÓN primer juicio, para los efectos del último párrafo de este artículo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 1110 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1110 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Si en la audiencia de juicio no pudiere concluirse Cuando se promueva en la audiencia preliminar o en la de juicio, se una cuestión incidental, el juez continuará con el desarrollo de la sustanciará y decidirá en la…

¿Está vigente el artículo 1110?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.