Artículo 123 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La sentencia que cause ejecutoria en el juicio de CAPÍTULO I rectificación se comunicará al demandado, enviándole copia DISPOSICIONES GENERALES certificada de esta, exenta del pago de derechos fiscales, quien a su vez, la hará del conocimiento de la Dirección u Oficial del Registro Artículo 127. El matrimonio es la unión legítima de un hombre y Civil, según sea el caso, para que hagan referencia de ella al margen una mujer para procurarse ayuda mutua, guardarse fidelidad, del acta impugnada, ya sea que se conceda o se niegue la rectificación. perpetuar la especie y crear entre ellos una comunidad de vida PERIÓDICO OFICIAL Miércoles 30 de Septiembre de 2015. 14a. Secc. PÁGINA 11 L A G E L R O L A V N I S A I P O C ")laicifO ocidóireP led yeL al ed 8 olucítra( lagel rolav ed ecerac ,atlusnoc ed latigid nóisreV" permanente. prohíbe la celebración del matrimonio civil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.