Código Familiar estatal

Artículo 131 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El matrimonio entre extranjeros, celebrado fuera de contraer matrimonio, pero si se celebra es susceptible de la República, válido conforme a las leyes del país en que se celebre, convalidación y confirmación.

producirá sus efectos legales en el Estado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 131 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El matrimonio entre extranjeros, celebrado fuera de contraer matrimonio, pero si se celebra es susceptible de la República, válido conforme a las leyes del país en que se celebre, convalidación y confirmación. producirá…

¿Está vigente el artículo 131?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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