Código Familiar estatal

Artículo 134 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las personas menores de edad podrán contraer del matrimonio;

matrimonio, siempre que hayan cumplido dieciséis años, expresando su voluntad para hacerlo y tengan el consentimiento VI. El matrimonio subsistente con persona distinta de aquella de quien o quienes ejerzan la patria potestad o la tutela. con quien se pretende contraer; y,

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 134 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Las personas menores de edad podrán contraer del matrimonio; matrimonio, siempre que hayan cumplido dieciséis años, expresando su voluntad para hacerlo y tengan el consentimiento VI. El matrimonio subsistente con…

¿Está vigente el artículo 134?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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