Código Familiar estatal

Artículo 186 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Disuelta la sociedad conyugal, se procederá a formar Artículo 195. Las capitulaciones que establezcan separación de inventario, en el cual no se incluirán el lecho, los vestidos ordinarios bienes, siempre contendrán un inventario de los bienes de que sea y los objetos de uso personal o de trabajo de los cónyuges, que dueño cada cónyuge al celebrarse el matrimonio, y nota especificada serán de estos o de sus herederos. de las deudas que al casarse tenga cada uno.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 186 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 186 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Disuelta la sociedad conyugal, se procederá a formar Artículo 195. Las capitulaciones que establezcan separación de inventario, en el cual no se incluirán el lecho, los vestidos ordinarios bienes, siempre contendrán un…

¿Está vigente el artículo 186?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.