Artículo 233 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el mismo plazo, puede ser pedida la nulidad fundada en la fracción V del artículo 225, por el otro cónyuge o por Artículo 243. Un matrimonio declarado nulo, si fue contraído de el tutor de la persona con discapacidad. buena fe, producirá todos sus efectos legales mientras dure, en favor de los cónyuges; y por lo que ve al derecho a los alimentos de
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.