Artículo 40 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cualquier persona puede pedir copia certificada de En este caso, dará aviso inmediato a la Dirección del Registro las actas del Registro Civil y de sus anexos, con excepción de la Civil, mediante oficio, acompañando las constancias en que se adopción. pruebe el hecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.