Artículo 485 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para que una tutela pueda conferirse es preciso que interdicción, puede nombrarle tutor testamentario si el otro no previamente se declare por la autoridad judicial el estado y tipo de puede legalmente ejercerla.
discapacidad de quien vaya a estar sometido a ella.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.