Artículo 486 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para que se pueda remover a los tutores y curadores, de la persona con discapacidad.
será preciso que primero sean oídos y vencidos en juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.