Código Familiar estatal

Artículo 584 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El tutor responderá del importe de los créditos desaparezca su discapacidad; y, activos, si vencidos estos, dentro de los sesenta días siguientes no ha obtenido su pago o garantía que asegure este, o no ha pedido II. Cuando la persona con discapacidad, sujeta a tutela, entre judicialmente el uno o la otra. a la patria potestad por reconocimiento o por adopción.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 584 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 584 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El tutor responderá del importe de los créditos desaparezca su discapacidad; y, activos, si vencidos estos, dentro de los sesenta días siguientes no ha obtenido su pago o garantía que asegure este, o no ha pedido II.…

¿Está vigente el artículo 584?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.