Código Familiar estatal

Artículo 698 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Todas las acciones del estado civil toman su nombre constancias que tenga en su poder.

del acto o hecho a que se refieren.

Declarada procedente la litispendencia, se dará por concluido el

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 698 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Todas las acciones del estado civil toman su nombre constancias que tenga en su poder. del acto o hecho a que se refieren. Declarada procedente la litispendencia, se dará por concluido el

¿Está vigente el artículo 698?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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