Artículo 726 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Tratándose de un traslado, no se entregarán a las NOTIFICACIONES partes más que las copias que deben presentarse conforme a la ley, las que serán proporcionadas por el secretario, o actuario. La frase Artículo 734. Las notificaciones, emplazamientos y citaciones se dar vista solo significa que los autos quedan en la secretaría para verificarán dentro de los tres días siguientes al en que se dicten las que se impongan de ellos los interesados. resoluciones que las prevengan. Se sancionará a los infractores de este artículo por el Consejo del Poder Judicial, conforme a la Ley
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.