Artículo 745 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando la persona que por primera vez deba ser medio de la publicación de la lista.
notificada residiere en un punto distinto del lugar del juicio, se enviará exhorto o carta rogatoria, según sea el caso, para que se le Artículo 751. Los secretarios de acuerdos del supremo tribunal, emplace. salas y juzgados, publicarán diariamente en horas hábiles del día en que se dicten, en los estrados una lista que consigne los negocios Cuando se ignore su domicilio, se le citará por edictos que se de que se trate, la que contendrá los datos con que se pueda publicarán tres veces consecutivas en uno de los periódicos de identificar el asunto de acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso mayor circulación de la capital del Estado y en los estrados del a la Información Pública del Estado de Michoacán de Ocampo y juzgado o tribunal; si se indica que radica fuera del Estado, los una síntesis de las resoluciones dictadas.
edictos se publicarán además en un periódico de mayor circulación nacional; y si radica fuera del país, también se publicarán en un Esas listas serán firmadas autógrafa o electrónicamente por los periódico de mayor circulación en dicho lugar, en idioma español. secretarios de acuerdos según corresponda.
En el caso del párrafo anterior, las copias de traslado quedarán en Artículo 752. Las notificaciones se harán leyendo íntegramente la la secretaría a disposición del notificado. determinación que se notifique y deben firmarla la persona que la hace y la que la recibe; si esta no supiere o no quisiere firmar, lo
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.