Artículo 813 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La inhibitoria se intentará ante el juez a quien se consanguíneos en línea recta sin limitación de grado, a los considere competente, pidiéndole que dirija oficio al que se estima colaterales dentro del cuarto grado y a los afines dentro del no serlo, para que se inhiba y remita los autos. segundo grado;
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.