Artículo 93 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Oficial del Registro Civil que reciba una petición I. El nombre, apellido, edad, nacionalidad, estado civil, de matrimonio está plenamente autorizado para exigir de los ocupación y domicilio que tuvo el difunto;
pretendientes, bajo protesta de decir verdad, todas las declaraciones que estime convenientes a fin de asegurarse de su identidad y de su II. Si era casado deberá anotarse el nombre y apellidos del aptitud para contraer matrimonio. cónyuge, aunque este hubiere fallecido;
También podrá exigir declaración bajo protesta, a los testigos que III. Nombre y apellidos del concubino o concubina en su caso;
presenten los interesados, a las personas que figuren como progenitores o tutores de los pretendientes, y a los médicos que IV. Los nombres, apellidos, edad, ocupación, nacionalidad y expidan el certificado de sanidad. domicilio de los testigos;
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.