Código Familiar estatal

Artículo 961 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

A la demanda verbal o escrita deberán acompañarse III. Una relación sucinta del desarrollo de la audiencia; y, necesariamente:

IV. La firma del juez y secretario. I. El documento que acredite el carácter con que el litigante se presente en juicio, en el caso de tener la representación

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 961 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

A la demanda verbal o escrita deberán acompañarse III. Una relación sucinta del desarrollo de la audiencia; y, necesariamente: IV. La firma del juez y secretario. I. El documento que acredite el carácter con que el…

¿Está vigente el artículo 961?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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