Artículo 979 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El desistimiento de la demanda, solo importa la pérdida de la instancia y produce el efecto de que las cosas vuelvan I. Enunciación de la litis;
al estado que tenían antes de su presentación. El desistimiento de la acción implica la extinción de esta. II. Fase de mediación y/o conciliación;
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.