Artículo 904 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca — Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si al morir el autor de la herencia, comparece más de una persona reclamando la calidad de concubino, ninguna heredará ni tendrá derecho a alimentos, salvo prueba en contrario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.