Código Civil estatal

Artículo 67 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí

Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 67. Los elementos esenciales del matrimonio son:

I. La manifestación de:

a) El consentimiento de los contrayentes para celebrar ese matrimonio.

b) El reconocimiento que el Estado otorga a ese matrimonio a través de la o el Oficial del Registro Civil.

c) La declaración de los testigos de que no existe ningún impedimento para celebrar el matrimonio;

II. El objeto física y jurídicamente posible, y III. La solemnidad, la cual consiste en que las manifestaciones de voluntad a que se refiere la fracción I de este artículo, se realicen en el mismo acto.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 67 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí?

Los elementos esenciales del matrimonio son: I. La manifestación de: a) El consentimiento de los contrayentes para celebrar ese matrimonio. b) El reconocimiento que el Estado otorga a ese matrimonio a través de la o el…

¿Está vigente el artículo 67?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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