Artículo 67 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí
Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 67. Los elementos esenciales del matrimonio son:
I. La manifestación de:
a) El consentimiento de los contrayentes para celebrar ese matrimonio.
b) El reconocimiento que el Estado otorga a ese matrimonio a través de la o el Oficial del Registro Civil.
c) La declaración de los testigos de que no existe ningún impedimento para celebrar el matrimonio;
II. El objeto física y jurídicamente posible, y III. La solemnidad, la cual consiste en que las manifestaciones de voluntad a que se refiere la fracción I de este artículo, se realicen en el mismo acto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.