Código Fiscal estatal

Artículo 109 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes

Código Fiscal del Estado — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Se considerará declaración espontánea, para los efectos del artículo anterior, aquella que se realice sin que hubiere mediado gestión de la autoridad por la omisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales que le correspondan.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 109 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes?

Se considerará declaración espontánea, para los efectos del artículo anterior, aquella que se realice sin que hubiere mediado gestión de la autoridad por la omisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales que le…

¿Está vigente el artículo 109?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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