Artículo 117 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes
Código Fiscal del Estado — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los acuerdos distintos de los señalados en el artículo anterior, podrán ser notificados por medio de oficio, telegrama o a través de los medios electrónicos en los casos y términos que se establezcan conforme a la reglas de carácter general que para tal efecto sean emitidas por la Secretaría de Finanzas.
(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.