Código Fiscal estatal

Artículo 117 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes

Código Fiscal del Estado — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los acuerdos distintos de los señalados en el artículo anterior, podrán ser notificados por medio de oficio, telegrama o a través de los medios electrónicos en los casos y términos que se establezcan conforme a la reglas de carácter general que para tal efecto sean emitidas por la Secretaría de Finanzas.

(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2014)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 117 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes?

Los acuerdos distintos de los señalados en el artículo anterior, podrán ser notificados por medio de oficio, telegrama o a través de los medios electrónicos en los casos y términos que se establezcan conforme a la…

¿Está vigente el artículo 117?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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