Artículo 61 de Código Fiscal del Estado — Aguascalientes
Código Fiscal del Estado — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los créditos derivados por impuestos a la propiedad raíz, sobre los bienes raíces embargados, serán preferentes a cualesquiera otros créditos, incluso los fiscales federales, cuando se trate de aplicación de frutos de los mismos bienes o del producto de su venta.
(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.