Código Fiscal estatal

Artículo 57 de Código Fiscal del Estado de Baja California

Código Fiscal del Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El delito tipificado en el Artículo que antecede, será sancionado con prisión de seis meses a tres años.

Al empleado oficial que en cualquier forma participe en el delito citado, se le impondrá de uno a cinco años de prisión.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 57 de Código Fiscal del Estado de Baja California?

El delito tipificado en el Artículo que antecede, será sancionado con prisión de seis meses a tres años. Al empleado oficial que en cualquier forma participe en el delito citado, se le impondrá de uno a cinco años de…

¿Está vigente el artículo 57?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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