Código Fiscal estatal

Artículo 44 de Código Fiscal del Estado de Durango

Código Fiscal del Estado de Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Están obligados al pago de contribuciones la Federación, los Estados, los Municipios, así como los organismos descentralizados, salvo que las disposiciones legales los exenten expresamente.

CAPÍTULO II DEL DOMICILIO

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 44 de Código Fiscal del Estado de Durango?

Están obligados al pago de contribuciones la Federación, los Estados, los Municipios, así como los organismos descentralizados, salvo que las disposiciones legales los exenten expresamente. CAPÍTULO II DEL DOMICILIO

¿Está vigente el artículo 44?

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