Código Fiscal estatal

Artículo 54 de Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429

Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando se trate de gravámenes que se causen periódicamente, y que adeuden los correspondientes a diversos períodos, si los pagos relativos a esos gravámenes no cubren la totalidad del adeudo se aplicarán a cuenta de los adeudos que correspondan a los períodos más antiguos.

28 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica consejeria_juridica@guerrero.gob.mx CODIGO FISCAL DEL ESTADO DE GUERRERO, NUMERO 429

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 54 de Código Fiscal del Estado de Guerrero, Número 429?

Cuando se trate de gravámenes que se causen periódicamente, y que adeuden los correspondientes a diversos períodos, si los pagos relativos a esos gravámenes no cubren la totalidad del adeudo se aplicarán a cuenta de los…

¿Está vigente el artículo 54?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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