Código Fiscal estatal

Artículo 100 de Código Fiscal del Estado de Jalisco

Código Fiscal del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los actos administrativos que se deban notificar deberán contener, por lo menos, los siguientes requisitos:

I. Que se haga por escrito;

II. La autoridad que lo emite;

III. Deberá estar fundado y motivado, y expresar la resolución, objeto o propósito de que se trate; y (REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)

IV. La firma del servidor público que lo dicte y, en su caso, el nombre o nombres de las personas a las que vaya dirigido. Cuando se ignore el nombre de la persona a la que va dirigido, se señalarán los datos suficientes que permitan su identificación. En el caso de resoluciones administrativas que consten en documentos digitales, deberán tener la firma electrónica avanzada del funcionario competente, la que tendrá el mismo valor que la firma autógrafa.

(REFORMADO, P.O. 1 DE FEBRERO DE 2019)

Para la emisión y regulación de la firma electrónica avanzada de los funcionarios pertenecientes a la Secretaría de la Hacienda Pública, serán aplicables las disposiciones previstas en la Ley de Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Jalisco y sus Municipios.

En caso de resoluciones administrativas que consten en documentos impresos, el funcionario competente podrá expresar su voluntad para emitir la resolución plasmando en el documento impreso un sello expresado en caracteres, generado mediante el uso de su firma electrónica avanzada y amparada por un certificado vigente a la fecha de la resolución.

Para dichos efectos, la impresión de caracteres consistente en el sello resultado del acto de firmar con la firma electrónica avanzada amparada por un certificado vigente a la fecha de la resolución, que se encuentre contenida en el documento impreso, producirá los mismos efectos que las Leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio.

(REFORMADO [N. DE E. REPUBLICADO], P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)

Si se trata de resoluciones administrativas que determinen la responsabilidad solidaria se señalará, además, la causa legal de la responsabilidad.

(REFORMADO [N. DE E. REPUBLICADO], P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)

Las notificaciones surtirán sus efectos el día hábil siguiente al que fueron hechas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 100 de Código Fiscal del Estado de Jalisco?

Los actos administrativos que se deban notificar deberán contener, por lo menos, los siguientes requisitos: I. Que se haga por escrito; II. La autoridad que lo emite; III. Deberá estar fundado y motivado, y expresar la…

¿Está vigente el artículo 100?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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