Código Fiscal estatal

Artículo 164 de Código Fiscal del Estado de Jalisco

Código Fiscal del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La convocatoria de remate contendrá:

I. La fecha, hora y lugar en que vaya a efectuarse el remate;

II. Relación de los bienes por rematar;

III. El valor que servirá de base para la almoneda;

IV. Postura legal;

V. El importe del adeudo y sus accesorios; y (REFORMADA, P.O. 1 DE FEBRERO DE 2019)

VI. Nombre de los acreedores que hayan aparecido del certificado de gravámenes a que se refiere el artículo siguiente, si por carecer de sus domicilios la Dirección de Notificación y Ejecución Fiscal no pudo notificarlos personalmente.

(REFORMADO, P.O. 1 DE FEBRERO DE 2019)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 164 de Código Fiscal del Estado de Jalisco?

La convocatoria de remate contendrá: I. La fecha, hora y lugar en que vaya a efectuarse el remate; II. Relación de los bienes por rematar; III. El valor que servirá de base para la almoneda; IV. Postura legal; V. El…

¿Está vigente el artículo 164?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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