Artículo 39 de Código Fiscal del Estado de Jalisco
Código Fiscal del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La Secretaría de la Hacienda Pública impondrá las sanciones administrativas por infracción a las leyes y disposiciones fiscales y enviará a las oficinas de recaudación fiscal correspondientes los proveídos que dicte, para su notificación y ejecución.
Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior, la imposición de las sanciones que por acuerdo del Secretario de la Hacienda Pública hayan sido delegadas a los Titulares de las Oficinas de Recaudación Fiscal.
(REFORMADO, P.O. 1 DE FEBRERO DE 2019)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.