Artículo 26 de Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo
Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son autoridades fiscales del Estado, las siguientes:
I. El Gobernador del Estado;
II. El Secretario de Finanzas y Administración;
III. El Subsecretario de Finanzas;
IV. Los Directores de: Ingresos, de Auditoría y Revisión Fiscal y el de Catastro, de la Secretaría;
V. Los Administradores y Receptores de Rentas dentro de sus respectivas jurisdicciones; y, VI. Los demás subalternos de la propia Secretaría, comisionados por el titular de ésta, mediante instrucciones por escrito.
(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.