Código Fiscal estatal

Artículo 2 de Código Fiscal del Estado de Nayarit

Código Fiscal del Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los ingresos se regularán por las leyes fiscales respectivas, por este código y supletoriamente por el derecho común del Estado de Nayarit.

Los productos se regularán, además, por lo que en su caso prevengan los contratos, convenios o concesiones correspondientes.

Los ingresos estatales derivados de participaciones, las aportaciones y transferencias de recursos federalizados se regularán, además, por la Ley de Coordinación Fiscal y por los convenios, acuerdos o declaratorias que al efecto se celebren o realicen.

El Estado está obligado a pagar contribuciones únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 2 de Código Fiscal del Estado de Nayarit a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2 de Código Fiscal del Estado de Nayarit?

Los ingresos se regularán por las leyes fiscales respectivas, por este código y supletoriamente por el derecho común del Estado de Nayarit. Los productos se regularán, además, por lo que en su caso prevengan los…

¿Está vigente el artículo 2?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.