Artículo 2 de Código Fiscal del Estado de Nayarit
Código Fiscal del Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los ingresos se regularán por las leyes fiscales respectivas, por este código y supletoriamente por el derecho común del Estado de Nayarit.
Los productos se regularán, además, por lo que en su caso prevengan los contratos, convenios o concesiones correspondientes.
Los ingresos estatales derivados de participaciones, las aportaciones y transferencias de recursos federalizados se regularán, además, por la Ley de Coordinación Fiscal y por los convenios, acuerdos o declaratorias que al efecto se celebren o realicen.
El Estado está obligado a pagar contribuciones únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.