Artículo 80 de Código Fiscal del Estado de Puebla
Código Fiscal del Estado de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las notificaciones por edictos se realizarán mediante publicaciones durante tres días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en el Estado, y durante quince días consecutivos en la página electrónica que al efecto establezcan las autoridades fiscales, y contendrán un resumen de los actos que se notifican.
Se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación en la página electrónica a que se hace referencia en el párrafo anterior.
CAPITULO II DE LA GARANTIA DEL INTERES FISCAL
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.