Artículo 141 de Código Fiscal del Estado de Sinaloa
Código Fiscal del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La declaración de nulidad de notificaciones, traerá como consecuencia la nulidad de las actuaciones posteriores a la notificación anulada y que tengan relación con ella.
CAPITULO SEGUNDO DE LA GARANTIA DEL INTERES FISCAL
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.