Artículo 35 de Código Fiscal del Estado de Sinaloa
Código Fiscal del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las manifestaciones y declaraciones de los notarios, jueces que actúen por receptoría y contadores, se entenderán hechas bajo su estricta responsabilidad.
(REFORMADO, P.O. 22 DE DICIEMBRE DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.