Artículo 64 de Código Fiscal del Estado de Sinaloa
Código Fiscal del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las declaraciones deberán ser firmadas por los sujetos pasivos o por sus representantes legales, quienes asumirán la responsabilidad que pueda derivarse de la falsedad o inexactitud de dichas declaraciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.