Código Fiscal estatal

Artículo 31 de Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua

Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Compete a los Tesoreros Municipales el ejercicio de las siguientes facultades:

I. Cuidar y vigilar la recaudación, manejo e inversión de los caudales públicos, con arreglo a la ley de hacienda y a los acuerdos emitidos por el Ayuntamiento y el Presidente Municipal;

II. Cuidar que las oficinas de la Tesorería funcionen correctamente y los servidores públicos adscritos a ella cumplan con las leyes y reglamentos fiscales;

III. Representar a la Tesorería en todos los asuntos fiscales y administrativos;

IV. Ordenar la práctica de verificaciones e inspecciones a contribuyentes, responsables solidarios o terceros relacionados con ellos, para verificar si están cumpliendo cabalmente con las disposiciones fiscales establecidas;

V. Denunciar ante el Ministerio Público la comisión de delitos en que incurran los servidores públicos de las oficinas dependientes de la Tesorería;

VI. Tramitar y resolver los asuntos y recursos que ante ellos se interpongan conforme a las leyes y reglamentos fiscales;

VII. Declarar en qué casos no se causan los recargos, por ser imputable a la autoridad la demora en el pago;

VIII. Intervenir en todas las operaciones en que el Ayuntamiento otorgue u obtenga créditos; y IX. Las demás que le correspondan conforme a las leyes, reglamentos y acuerdos del Presidente Municipal y del Ayuntamiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 31 de Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua?

Compete a los Tesoreros Municipales el ejercicio de las siguientes facultades: I. Cuidar y vigilar la recaudación, manejo e inversión de los caudales públicos, con arreglo a la ley de hacienda y a los acuerdos emitidos…

¿Está vigente el artículo 31?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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