Artículo 179 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo
Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Dentro de los tres días siguientes a la rendición del dictamen pericial, el Tesorero Municipal expedirá la convocatoria para el remate mediante avisos que se fijarán en los estrados oficiales, permaneciendo expuestos al público hasta el día del remate, diligencia que certificará el Presidente Municipal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.