Artículo 46 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo
Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En caso de que con motivo del ejercicio de sus facultades de comprobación, las autoridades fiscales municipales soliciten datos, informes o documentos del contribuyente, responsable solidario o tercero, éstos tendrán los siguientes plazos para su presentación:
I.- Tres días contados a partir del siguiente a aquél en que se le notificó la solicitud respectiva, cuando dichas pruebas sean de las que debe tener en su poder el contribuyente; y II.- Diez días contados a partir del siguiente a aquél en que se le notificó la solicitud respectiva, en los demás casos.
Los plazos a que se refiere este artículo se podrán ampliar por las autoridades fiscales hasta por quince días más, cuando se trate de informes cuyo contenido sea difícil de proporcionar o de difícil obtención, previa solicitud del contribuyente visitado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.