Código Fiscal estatal

Artículo 47 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo

Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las autoridades fiscales municipales solo podrán determinar presuntivamente el valor de los actos o actividades de los contribuyentes, por los que deben pagar contribuciones, cuando:

(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2009)

I.- Se opongan u obstáculicen la iniciación o desarrollo de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales; u omitan presentar la declaración del ejercicio de cualquier contribución hasta el momento en que se inicie el ejercicio de dichas facultades y siempre que haya transcurrido más de un mes desde el día en que venció el plazo para la presentación de la declaración de que se trate; y, (REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2009)

II. No presenten la documentación comprobatoria de más del 3% de alguno de los conceptos de las declaraciones, o no proporcionen los informes relativos que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

La determinación presuntiva a que se refiere este artículo, procederá independientemente de las sanciones a que haya lugar.

(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2009)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 47 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 47 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo?

Las autoridades fiscales municipales solo podrán determinar presuntivamente el valor de los actos o actividades de los contribuyentes, por los que deben pagar contribuciones, cuando: (REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE…

¿Está vigente el artículo 47?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.