Artículo 133 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Tesorero Municipal, bajo su responsabilidad, nombrará y removerá libremente a los depositarios, quienes tendrán el carácter de administradores en los embargos de bienes raíces y de interventores encargados de la caja de las negociaciones comerciales, Industriales, agrícolas y ganaderas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.