Artículo 143 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las bases para el remate serán las dos terceras partes del avalúo que se haga de los bienes, por peritos designados por la Tesorería Municipal y el deudor, y si no se pusieran de acuerdo, por e avalúo que practique una institución fiduciaria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.