Artículo 150 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las posturas se formularán por escrito y deberán contener:
I.- Nombre, edad, capacidad legal, estado civil, profesión y domicilio del postor; si fuere una sociedad, los datos esenciales de la escritura constitutiva.
II.- La cantidad que se ofrezca.
III.- La conformidad del postor para cubrir por su cuenta los gastos de honorarios notariales de la escritura de adjudicación cuando proceda.
lV.- Acompañar certificado de depósito expedido por Institución bancaria, o en su caso, en efectivo, por cantidad del 10% del valor de los bienes fijados por la convocatoria.
Si no se cumple con los depósitos en cualquiera de sus formas, no se dará entrada a la postura.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.