Artículo 189 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
De toda la diligencia de clausura se levantará acta que firmará el deudor o su representante, si están presentes y quisieran hacerlo a la autoridad competente más cercana.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.