Artículo 190 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las clausuras a que se refiere este Capítulo solamente podrán levantarse cuando el deudor o cualquiera otra persona pague la totalidad del adeudo.
TITULO VII DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.