Código Fiscal estatal

Artículo 197 de Código Fiscal Municipal — Durango

Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Procede al sobreseimiento del juicio:

I.- Por desistimiento del demandante.

lI.- Cuando durante el juicio aparezca o sobrevenga alguna de las causas de improcedencia a que se refiere el artículo ante anterior.

III.- En el caso de que el demandante muera durante el juicio, si su pretensión es intrnsmisible (sic) o si su muerte deja sin materia el proceso.

IV.- Si la autoridad demandada deja sin efecto el acto impugnado.

V.- En los demás casos en que por disposición legal haya impedimento para emitir resolución en cuanto al fondo.

El sobreseimiento del juicio podrá ser total o parcial.

CAPITULO III DE LOS IMPEDIMIENTOS (SIC) Y EXCUSAS

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 197 de Código Fiscal Municipal — Durango?

Procede al sobreseimiento del juicio: I.- Por desistimiento del demandante. lI.- Cuando durante el juicio aparezca o sobrevenga alguna de las causas de improcedencia a que se refiere el artículo ante anterior. III.- En…

¿Está vigente el artículo 197?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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