Artículo 78 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se impondrá siempre el mínimo de las sanciones cuando la infracción es leve y no ha tenido como consecuencia la evasión del impuesto, derecho, producto o aprovechamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.