Artículo 162 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero
Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las Tesorerías Municipales podrán vender fuera de subasta cuando se trate de bienes de fácil descomposición o deterioro, de materias inflamables o de semovientes y, cuando después de celebrar una almoneda declarada desierta, se presente con posterioridad un comprador que satisfaga en efectivo el precio íntegro que no sea inferior a la base de la última almoneda.
(REFORMADO PARRAFO PRIMERO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 1988)
64 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica consejeria_juridica@guerrero.gob.mx CODIGO FISCAL MUNICIPAL NUMERO 152 Cuando se trate de bienes raíces o de bienes inmuebles que habiendo salido a subasta por lo menos en una almoneda y no se hubiere presentado postores, las Tesorerías Municipales solicitarán al Ayuntamiento autorización para su venta, al nuevo comprador.
También procederá la venta fuera de la subasta, cuando el embargo señale al presunto comprador y acepte el precio que dicho comprador proponga, siempre que lo que se pague de contado cubra cuando menos el valor que se haya señalado a los bienes embargados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.