Artículo 123 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son infracciones cuya responsabilidad corresponde a los servidores públicos, así como a los encargados de servicios públicos u órganos oficiales, las que a continuación se indican y señalan las sanciones correspondientes:
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
I.- Dar entrada o curso a documentos o libros que carezcan, en todo o en parte, de los requisitos exigidos por las disposiciones fiscales, multa de 50 a 100 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
II.- Extender actas, expedir certificados, legalizar y autorizar documentos o libros e inscribirlos o registrarlos, sin que exista constancia de pago de las contribuciones correspondientes de 50 a 100 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
III.- Recibir el pago de una contribución fiscal y no enterar su importe, multa de 50 a 100 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
IV.- No prestar auxilio a las autoridades fiscales para la determinación y cobro de contribuciones, multa de 50 a 100 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
V.- Alterar documentos fiscales que tengan en su poder, multa de 50 a 100 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
VI.- Asentar falsamente que se ha dado cumplimiento a las disposiciones fiscales o que se practicaron visitas de inspección o auditorías, así como, incluir en las actas relativas datos falsos, multa de 50 a 75 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
VII.- No practicar las visitas de inspección o auditorías cuando tengan obligación de hacerlo, multa de 50 a 75 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
VIII.- Intervenir en la tramitación o resolución de algún asunto cuando estén impedidos de acuerdo con las disposiciones legales, multa de 50 a 75 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
IX.- Divulgar, hacer uso personal o indebido de la información confidencial, multa de 50 a 75 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
X.- Facilitar o permitir la alteración de las declaraciones, avisos o cualquier otro documento, multa de 50 a 75 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
XI.- Cooperar en cualquier forma para que se evadan las prestaciones fiscales, multa de 50 a 75 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
XII.- Exigir bajo el título de cooperación u otro semejante, cualquier prestación que no esté expresamente prevista en la ley, aun cuando se aplique a la realización de las funciones propias en su cargo, multa de 100 a 200 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
XIII. No exigir el pago total de las contribuciones y sus accesorios, recaudar, permitir u ordenar que se reciba el pago en forma diversa a la prevista en las disposiciones fiscales, multa de 50 a 75 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
XIV.- Recaudar, permitir u ordenar que se recaude alguna prestación fiscal sin cumplir con las disposiciones aplicables y en perjuicio del control e interés del fisco, multa de 50 a 75 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
XV.- Adquirir los bienes objeto de un remate efectuado por el fisco estatal, por sí o por interpósita persona, multa de 50 a 150 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
XVI.- Otorgar beneficios o estímulos fiscales a los contribuyentes sin estar legalmente facultado para ello, multa de 50 a 100 u.m.a.'s;
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
XVII.- Alterar las bases o tasas impositivas que existen en los controles administrativos, para el cobro de contribuciones, multa, de 50 a 75 u.m.a.'s, por cada alteración; y (REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2016)
XVIII.- Infringir disposiciones fiscales en forma distinta de las previstas en las fracciones precedentes, multa de 50 a 75 u.m.a.'s;
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.