Artículo 215 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Salvo los casos que este Código autoriza, toda venta se hará en subasta pública que se celebrará en el local de la autoridad fiscal municipal.
La Tesorería Municipal con objeto de obtener un mayor rendimiento, podrá designar otro lugar para la venta u ordenar que los bienes embargados se vendan en lotes, fracciones o en piezas sueltas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.